El senador provincial Pablo Petrecca presentó un proyecto de ley para reemplazar el protocolo de emergencia sanitaria de 2020, que aún regula las comunicaciones digitales de casi 49.000 detenidos en el Servicio Penitenciario Bonaerense sin base legal ni control legislativo, por un sistema institucional, controlado y con respaldo legal.
La iniciativa busca ordenar una situación que nació como excepción durante la pandemia y que hoy continúa sin una ley que establezca reglas claras, criterios uniformes ni mecanismos efectivos de supervisión.
El proyecto crea el Sistema de Comunicación Digital Supervisada (SCDS), una plataforma institucional que reemplaza el uso de celulares privados. El sistema funcionará en una red cerrada, sin acceso a internet abierto ni redes sociales, y permitirá únicamente comunicaciones con contactos previamente registrados y verificados, con trazabilidad y supervisión estatal.
A partir de su implementación en cada establecimiento, quedará prohibida la tenencia de dispositivos móviles privados, considerándose falta grave, con impacto en beneficios como salidas transitorias o libertad asistida.
Petrecca explicó que el objetivo es pasar de un esquema improvisado a un sistema legal y ordenado:
“No elimina la comunicación: la ordena y la pone bajo control del Estado. Busca terminar con el uso descontrolado de celulares en contextos de encierro y evitar que las cárceles funcionen como plataformas para delinquir”.
El proyecto establece una implementación gradual, derogando el protocolo vigente de manera progresiva y sin afectar la continuidad de las comunicaciones.
La iniciativa incorpora herramientas que hoy no existen en el sistema:
Este esquema busca reemplazar soluciones improvisadas por un modelo más eficaz, basado en trazabilidad, supervisión y cooperación tecnológica.
El senador remarcó que el proyecto parte de una premisa clara: “Las personas privadas de la libertad conservan sus derechos, pero eso no impide que el Estado establezca reglas razonables cuando están en juego la seguridad pública y los derechos de terceros”.
En ese sentido, la iniciativa también incluye un capítulo específico para el sistema penal juvenil, estableciendo reglas diferenciadas y garantizando la continuidad del derecho a la comunicación en el paso desde los dispositivos de niñez al sistema penitenciario.
Y concluyó: “Las cárceles no pueden ser plataformas para la comisión de delitos. Esta ley viene a ordenar lo que hoy está desordenado, con reglas claras, tecnología y control del Estado”.
El caso de Rodrigo Andrés Gómez expone con especial gravedad esa realidad. Según informó oficialmente el Gobierno nacional, la investigación iniciada tras su muerte permitió avanzar sobre una organización criminal dedicada a la extorsión digital que operaba desde el sistema penitenciario bonaerense.
La pesquisa comenzó luego del hallazgo sin vida del soldado voluntario que cumplía funciones de vigilancia en la Quinta Presidencial de Olivos, y del secuestro de una carta en la que refería estar siendo extorsionado.
La investigación posterior identificó una red que captaba víctimas mediante perfiles falsos y luego realizaba maniobras extorsivas, con parte de la operatoria desarrollada desde una unidad penitenciaria bonaerense.
Este episodio, lejos de ser un hecho aislado, muestra un problema estructural. Dejar a personas privadas de la libertad con un celular librado al azar, sin un sistema institucional, sin trazabilidad adecuada y sin una arquitectura de control definida por ley, es muy peligroso.
La experiencia reciente demuestra que no se trata de un riesgo abstracto. La falta de reglas claras y de control efectivo sobre las comunicaciones intramuros no solo compromete la seguridad pública, sino que multiplica la capacidad de daño de organizaciones criminales que operan desde el interior de las unidades en coordinación con actores externos.
Cuando eso sucede, la comunicación deja de cumplir su función legítima de sostener vínculos familiares, educativos o de defensa, y pasa a transformarse en un instrumento para delinquir.